Para atender pacientes FONASA en modalidad libre elección (MLE) es necesario estar inscrito como prestador médico en FONASA. El prestador debe inscribirse en la página de FONASA sección prestadores y luego trámites. Puedes ingresar pinchando aquí . Esta modalidad permite que un paciente FONASA (tramos B, C y D) se atienda a través del sistema privado, pudiendo elegir libremente al profesional o entidad de salud que se encuentre en convenio con FONASA. Los pacientes que pertenecen a FONASA A no pueden acceder a este tipo de atención. Según el nivel de inscripción del prestador (1, 2 o 3), el bono tiene un valor distinto, siendo el nivel 1 el más barato y con mayor cobertura para el paciente y el 3 el más caro y con menor cobertura para el paciente. El copago no varía según el tramo en el que se encuentra el paciente, es decir, no varía según los ingresos del paciente. El nivel de inscripción del prestador es otorgado por FONASA y depende de factores como: nivel de complejidad y tecnología, infraestructura, calidad, y experiencia de los y las profesionales que realizan las atenciones. Si posteriormente el prestador desea poner término al convenio, puede solicitar la renuncia en el mismo link. Importante : Una vez inscrito como prestador médico en FONASA en la modalidad MLE no se le puede negar la atención de salud a ningún paciente (no se puede definir una cantidad máxima de pacientes FONASA que voy a atender en un mes por ejemplo), tampoco se le puede exigir al paciente un pago adicional al bono FONASA o cobrarle 2 bonos. Para solicitar la inscripción de convenio como prestador de la MLE: Debe pertenecer al Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud, y tener sus antecedentes actualizados de profesión y si procede de la especialidad y/o mención. En caso de ser Médico Cirujano sin especialidad, debe contar con Examen Único de Conocimientos de Medicina (EUNACOM) cuando corresponda (Ley 20.261) y registrado en el certificado del Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud. Debe tener inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos de la actividad económica correspondiente. Debe adjuntar fotocopia de la cédula de identidad. Debe adjuntar fotocopia de patente comercial para cada lugar de atención. Si la patente comercial no está a nombre del prestador que está realizando la solicitud, debe adjuntar declaración jurada simple del vínculo de uso del lugar de atención entre el dueño del lugar de atención y el prestador que lo utilizará. Debe adjuntar fotocopia de resolución sanitaria, cuando las prestaciones solicitadas lo requieran. Para acceder a la atención el paciente debe comprar un bono del cual paga el copago definido según el nivel de la atención, una vez atendido le entrega el bono al médico que lo atiende y el médico posteriormente se encarga de cobrarlo. Existen prestadores de salud institucionales (clínicas) que le gestionan al médico el cobro del bono con FONASA. La cobertura a atenciones por telemedicina es un tema que se está discutiendo actualmente, la circular IF/Nº 358 del 2020 indica que se debe incluir cobertura (tanto FONASA como ISAPRE) a atenciones por TLM de ciertas especialidades (dermatología, geriatría, endocrinología, neurología, psiquiatría, diabetología y nefrología). Acá se especifican las condiciones para obtener cobertura de la prestación, que incluye que la prestación debe ser institucional (para entender qué significa esto, ver sección derechos y deberes de los pacientes). Los aranceles de cada prestación pueden descargarse en la página web de fonasa, sección prestadores/libre elección o puedes pinchar aquí.